domingo 23 de mayo de 2010

Información, lugar y forma de presentación de trámites

ARRAIGO SOCIAL: se presenta con cita previa en www.mpr.es .Información en Serrano 69.

PRIMERA Y SEGUNDA RENOVACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO: se presenta con cita previa en www.mpr.es o por registro (preferentemente Delegación de Gobierno en García de Paredes 65). Información en Serrano 69.

TARJETA DE LARGA DURACIÓN: se presenta con cita previa en www.mpr.es ó ventanilla única (García de Paredes 65). Información en Brigada Provincial de Extranjería en Aluche (Avda. de los Poblados S/N)

TARJETA DE RESIDENCIA INICIAL: cita previa en www.mpr.es ó por registro (García de Paredes 65). Información en Delegación de Gobierno, en c/García de Paredes 65.

RENOVACIÓN TARJETA DE RESIDENCIA DE CÓNYUGE REAGRUPADO DEPENDIENTE: cita previa en www.mpr.es o ventanilla única (García de Paredes 65).
Información en Brigada Provincial de Extranjería en Aluche (Avda. de los Poblados S/N)


RENOVACIÓN RESIDENCIA DE HIJOS MENORES: cita previa en www.mpr.es o ventanilla única (García de Paredes 65). Información en Brigada Provincial de Extranjería en Aluche (Avda. de los Poblados S/N)

RENOVACIÓN RESIDENCIA DE HIJOS MAYORES DE EDAD Y ASCENDIENTES DEPENDIENTES: cita previa en www.mpr.es o ventanilla única (García de Paredes 65). Información en Brigada Provincial de Extranjería en Aluche (Avda. de los Poblados S/N).

NACIONALIDAD: a Mayo de 2010 sin cita previa (aunque por temporadas pueden implementar ese sistema) en el Registro Civil Central, c/Pradillo 66, Alfonso XIII. Información en el mismo lugar.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR:
se presenta con cita previa en www.mpr.es. Información en García de Paredes 65.

RESIDENCIA MENORES NACIDOS EN ESPAÑA: se presenta con cita previa en www.mpr.es . Información en García de Paredes 65.

RESIDENCIA DE MENORES NO NACIDOS EN ESPAÑA:
se presenta con cita previa en www.mpr.es . Información en García de Paredes 65.

TAR
JETA INICIAL DE COMUNITARIO Y SUS FAMILIARES: se presenta con cita previa al 902.56.57.01 Información General Pardiñas 90 o en Manuel Luna 29 (para búlgaros y rumanos).

RENOVACIÓN DE TARJETA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO:
se presenta con cita previa al 902.56.57.01 Información General Pardiñas 90.




Residencia de comunitarios y sus familiares

INFORMACIÓN, CITA y PRESENTACIÓN

.- INFORMACIÓN: sobre residencias iniciales y renovaciones de comunitarios (y familiares de) se da en las oficinas de General Pardiñas 90, Diego de León.

.- CITA: en todos los casos se obtiene cita telefónica en el 902.56.57.01. Para sacar el justificante de cita previa, en www.consultacita.com

.- PRESENTACIÓN: En el caso de rumanos y búlgaros, es en calle Manuel Luna nº 29, Estrecho. El resto de comunitarios en Plaza de Campillo Mundo Nuevo nº 3, Embajadores o Puerta de Toledo. En ambos casos, consiste en inscribirse en el registro de ciudadanos comunitarios.


REQUISITOS RESIDENCIA INICIAL COMUNITARIOS

1.- Solicitud en modelo oficial (EX 16) .

2.- Pasaporte o documento de identidad válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.

3.- Salvo en los casos de no tener asignado NIE con carácter previo a la solicitud, documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado (en el resto de los casos, el órgano administrativo ante el que se pretende la solicitud, previa asignación de NIE, hará entrega del impreso para el abono de la tasa, a efectos de que éste sea efectuado con carácter previo a la expedición del certificado).

REQUISITOS RESIDENCIA INICIAL DE FAMILIAR DE COMUNITARIO

1.- Solicitud en modelo oficial (EX 16).

2.- Pasaporte o documento de identidad válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.

3.- Documentación acreditativa (en su caso traducida y legalizada) de la existencia de vínculo familiar, de la validez del matrimonio; o certificación expedida (con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud) por el órgano encargado del registro de parejas correspondiente de la inscripción como pareja.

4.- Certificado de registro del ciudadano comunitario al que acompaña o con el que va a reunirse, presentado junto al pasaporte o documento de identidad, en vigor, de éste. Si el derecho deriva de un ciudadano español, DNI de éste o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad.

5.- En caso de descendiente de 21 años o mayor edad o ascendientes directos: acreditación por cualquier medio de prueba admitido en Derecho de que sus medios proceden, de forma exclusiva o con carácter principal y no prescindible, de su ascendiente o descendiente.

6.- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

7.- Salvo en los casos de no tener asignado NIE con carácter previo a la solicitud, documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado (en el resto de los casos, el órgano administrativo ante el que se pretende la solicitud, previa asignación de NIE, hará entrega del impreso para el abono de la tasa, a efectos de que éste sea efectuado con carácter previo a la expedición del certificado).

Renovación tarjeta de familiar de comunitario

INFORMACIÓN, CITA y PRESENTACIÓN

.- INFORMACIÓN: sobre residencias iniciales y renovaciones de comunitarios (y familiares de) se da en las oficinas de General Pardiñas 90, Diego de León.


.- CITA: en todos los casos se obtiene cita telefónica en el 902.56.57.01. Para sacar el justificante de cita previa, en www.consultacita.com


.- PRESENTACIÓN: En el caso de rumanos y búlgaros, es en calle Manuel Luna nº 29, Estrecho. El resto de comunitarios en Plaza de Campillo Mundo Nuevo nº 3, Embajadores o Puerta de Toledo. En ambos casos, consiste en inscribirse en el registro de ciudadanos comunitarios.


REQUISITOS RENOVACIÓN DE TARJETA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO

1.- Solicitud en modelo oficial (EX 16) .

2.- Pasaporte válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.

3.- Documentación acreditativa (en su caso traducida y legalizada) de la validez del matrimonio; o certificación expedida (con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud) por el órgano encargado del registro de parejas correspondiente de la inscripción como pareja.

4.- Certificado de registro del ciudadano comunitario al que acompaña o con el que va a reunirse, presentado junto al pasaporte o documento de identidad, en vigor, de éste. Si el derecho deriva de un ciudadano español, DNI de éste o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad.

5.- En caso de descendiente de 21 años o mayor edad o ascendientes directos: acreditación por cualquier medio de prueba admitido en Derecho de que sus medios proceden, de forma exclusiva o con carácter principal y no prescindible, de su ascendiente o descendiente.

6.- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Residencia de menores o incapacitados no nacidos en España

Información telefónica: 91 2729171

Correo electrónico: menores.madrid@mpr.es

¿QUIÉN DEBE PRESENTAR LA SOLICITUD, DÓNDE Y CUÁNDO?

.- Quién: El padre o la madre personalmente o en su caso el tutor de quien dependa, sin ser necesaria la presencia del menor.


.- Dónde: Se presentará mediante CITA PREVIA que se obtiene en la Web www.mpr.es


.- Cuándo: Cuando se acredite su permanencia continuada en España durante un mínimo de dos años y sus padres o tutores cumplan los requisitos de medios de vida y alojamiento exigidos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia)

.- IMPRESO DE SOLICITUD (EX00).

.- PASAPORTE COMPLETO DEL MENOR EN VIGOR, con vigencia de al menos 4 meses.

.- TARJETA DE RESIDENCIA del padre, madre o tutor, en vigor, o resguardo de renovación y tarjeta caducada.

.- PARTIDA DE NACIMIENTO, debidamente legalizada y traducida. (En caso de partida de nacimiento antigua o con la legalización ya caducada, debe legalizarse nuevamente pidiendo cita en www.maec.es ).

.- DOCUMENTO que acredite la tutela, cuando sea necesario, debidamente legalizado y traducido.

.- CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD y asistencia regular a clase, durante el período de permanencia en España.

.- VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO de la vivienda donde se relacionen todas las personas que viven en la misma.

.- ACREDITACIÓN DE DISPONIBILIDAD DE UNA VIVIENDA SUFICIENTE: mediante informe municipal que deberá reflejar en cualquier caso los siguientes extremos: título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones habitabilidad y equipamiento. (original).

Sólo en el caso de que el informe municipal no se hubiera emitido en el plazo de 15 días desde su solicitud, podrá presentarse subsidiariamente acta notarial mixta de presencia y manifestaciones en los mismos términos, junto con la copia de la solicitud del informe realizada ante el Ayuntamiento (es decir, el mismo informe hacerlo mediante notario más la solicitud presentada ante el Ayuntamiento). (original)

.- CONTRATO DE ALQUILER DE LA VIVIENDA y tres últimos recibos de alquiler (para viviendas en alquiler) o escritura de propiedad y último pago de la hipoteca (par viviendas en propiedad). Si las viviendas son en copropiedad se aportará además, autorización del resto de copropietarios.

.- ACREDITACIÓN DE EMPLEO y/o RECURSOS ECONÓMICOS del padre, madre o tutor, suficientes para atender las necesidades de la familia (ver cuadro).


ACREDITACIÓN RECURSOS ECONÓMICOS

1.- Si son trabajadores por cuenta ajena:

.- Siempre, en todo caso, mediante Declaración de la Renta del último ejercicio de todos los miembros de la unidad familiar debidamente sellada o con validación de entidad financiera. En el caso de no estar obligado a presentar declaración de la Renta, certificado expedido por la Agencia Tributaria sobre las rentas que percibe.


.- Contrato de trabajo y nóminas de todos los miembros de la unidad familiar, junto con libro de familia o certificados de parentesco que acrediten su vinculación a la misma.


.- Cuentas bancarias, acreditación de la titularidad y extracto de los movimientos producidos durante al menos los últimos 12 meses (es suficiente presentar originales y fotocopias de libretas bancarias).

2.- Si son trabajadores por cuenta propia:

.- Declaración de la Renta del último ejercicio (tienen obligación de hacerla). Se podrá reforzar con las declaraciones trimestrales a cuenta del IRPF del año en curso, sólo en el caso de Estimación Directa (Modelo 130).


.- Cuentas bancarias, acreditación de la titularidad y extracto de los movimientos producidos durante al menos los últimos 12 meses (es suficiente presentar originales y fotocopias de libretas bancarias).

3.- Si son empleados de hogar discontínuos:

.- Siempre, en todo caso, mediante Declaración de la Renta del último ejercicio de todos los miembros de la unidad familiar debidamente sellada o con validación de entidad financiera. En el caso de no estar obligado a presentar declaración de la Renta, certificado expedido por la Agencia Tributaria sobre las rentas que percibe.


.- Declaraciones originales de salarios, firmadas por los empleadores, junto con una copia de los DNI o NIE de los mismos. Estas declaraciones deberán recoger la fecha de inicio de la relación laboral, el número de horas de trabajo (semanales o mensuales), y la cuantía de retribución (por hora trabajada o semanal o mensual).


.- Cuentas bancarias, acreditación de la titularidad y extracto de los movimientos producidos durante al menos los últimos 12 meses (es suficiente presentar originales y fotocopias de libretas bancarias).

Residencia de menores nacidos en España (hijos de residentes regulares)

Los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España adquirirán automáticamente la misma autorización de residencia de la que sea titular cualquiera de sus progenitores

¿QUIÉN DEBE PRESENTAR LA SOLICITUD, DÓNDE Y CUÁNDO?

.- Quién: El padre o la madre personalmente o en su caso el tutor de quien dependa, sin ser necesaria la presencia del menor.

.- Dónde: Se presentará mediante CITA PREVIA que se obtiene en la Web www.mpr.es

.- Cuándo: Desde el nacimiento del niño (cuando ya disponga de pasaporte o venga incluido en el de los padres), o desde que el padre obtenga autorización de residencia.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia)

.- IMPRESO DE SOLICITUD (EX00).

.- PASAPORTE COMPLETO DEL MENOR EN VIGOR.

.- PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por el Registro civil o LIBRO DE FAMILIA.

.- VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR.

.- TARJETA DE RESIDENCIA del padre o la madre, en vigor.

Renovación residencia hijos mayores de edad y ascendientes dependientes

CONSIDERACIONES GENERALES:

La solicitud se puede presentar con una antelación de SESENTA días naturales –nunca antes- a la fecha en que termine su validez. También será posible presentarla durante los TRES MESES POSTERIORES al fin de su vigencia, aunque puede ser motivo de multa.

.- Puede presentarse mediante cita previa a través de la Web www.mpr.es

.- Madrid provincia: comisaría local de policía correspondiente.

.- Ventanilla única: (artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia)

.- IMPRESO DE SOLICITUD (EX00).

.- PASAPORTE COMPLETO EN VIGOR. En el caso que el pasaporte haya sido renovado dentro de la duración de su residencia, presentar el PASAPORTE ANTERIOR

.- Concesión de residencia o resguardo de renovación de residencia de la persona de quien dependa admitido en el organismo competente para su tramitación.

.- VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR, con una validez máxima de tres meses a partir de la solicitud de la cita.

.- DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE LA DEPENDENCIA (por ejemplo pedir en el INEM un certificado de que no está trabajando).

.- Tasa Orden PRE/3/2010 de 11 de Enero: 15,30 a nombre del solicitante.

Renovación residencia temporal de hijos menores

CONSIDERACIONES GENERALES:
La solicitud se puede presentar con una antelación de SESENTA días naturales –nunca antes- a la fecha en que termine su validez. También será posible presentarla durante los TRES MESES POSTERIORES al fin de su vigencia, aunque puede ser motivo de multa.

.- Puede presentarse mediante cita previa a través de la Web www.mpr.es

.- Madrid provincia: comisaría local de policía correspondiente.

.- Ventanilla única: (artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia)

.- IMPRESO DE SOLICITUD (EX00).

.- PASAPORTE COMPLETO EN VIGOR. En el caso que el pasaporte haya sido renovado dentro de la duración de su residencia, presentar el PASAPORTE ANTERIOR.

.- Concesión de residencia o resguardo de renovación de residencia de la persona de quien dependa admitido en el organismo competente para su tramitación.

.- VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR, con una validez máxima de tres meses a partir de la solicitud de la cita.

.- CERTIFICADO DE ASISTENCIA ESCOLAR emitido por las autoridades autonómicas competentes.

.- Tasa Orden PRE/3/2010 de 11 de Enero: 15,30 a nombre del solicitante.

.- En caso de cambio de dependencia: (de padre a madre o viceversa): documentación que justifique el cambio, partida de nacimiento legalizada y, de ser necesario, presentación de ambos padres para acuerdo firmado que autorice el cambio.